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Negociaciones Colectivas

Es el proceso de diálogo entre los trabajadores y el empleador, por intermedio de sus representantes, orientado a lograr acuerdos en materia remunerativa, de condiciones de trabajo y productividad, que regulen las relaciones laborales entre dichas partes.

Esta puede tratarse sobre cualquier cuestión que incida en los derechos de los trabajadores, del empleador o que afecte sus relaciones. Hay cuatro ejes centrales sobre los que gira la negociación colectiva: económico (remuneración), laboral (condiciones de trabajo), asistencial (beneficios laborales) y sindical (permisos sindicales).

Niveles de Negociación:

1. De Empresa:

Cuando se aplica a todos los trabajadores de empresa o a los de una categoría, sección o establecimiento determinado de aquella.

2. De Rama Actividad:

Cuando comprende a todos los trabajadores de una misma actividad económica.

3. De Gremio:

Cuando se aplica a todos los trabajadores que desempeñen una misma profesión, oficio o especialidad en distintas empresas.

¿Cómo iniciamos la negociación?

  • Con la presentación del pliego de reclamos, directamente al empleador en el caso de una negociación a nivel de empresa o, a través de la Autoridad Administrativa de Trabajo, si es a nivel de rama de actividad o gremio.

  • Que debes contener un pliego de reclamos para ser presentado al empleador.

  • Denominación, número de registro y domicilio del organismo sindical, o a las indicaciones que permitan identificar al grupo de trabajadores que lo presente.

  • Nómina de los integrantes de la comisión negociadora, con las atribuciones de esta.

  • Nombre o denominación social y domicilio del empleador.

  • Proyecto de convenio colectivo.

  • Copia de la comunicación remitida al empleador tratándose de negociaciones a nivel de empresa.

  • Firma de los representantes de los trabajadores.

Etapas de la Negociación

1. Negociación Directa:

Es la primera etapa del procedimiento de Negociación Colectiva, que se inicia dentro de los 10 días calendarios de presentado el pliego de reclamos, debiendo este último ser admitido por la Autoridad Administrativa de Trabajo. En esta etapa. Las partes se reúnen para buscar una solución al pliego de reclamos, suscribiendo acuerdos parciales o el convenio colectivo, en caso de llegar a un acuerdo final.

2. Conciliación:

Es la etapa del procedimiento de negociación Colectiva, mediante la cual un conciliador aplicando los principios de flexibilidad y simplicidad, debe desempeñar un papel activo en la promoción del acuerdo entre las partes, con la finalidad que estas lleguen a una solución mutuamente satisfactoria en torno al pliego de reclamos.

3. Arbitraje o Huelga:

Es una Etapa del procedimiento de negociación colectiva, que se desarrolla como medida alternativa de la huelga, consistiendo en la decisión de las partes orientada a que un árbitro unipersonal o un tribunal arbitral, según el caso, lleve a cabo el denominado proceso arbitral, a través del cual y habiendo recibido la propuesta final de ambas partes, emita un Laudo Arbitral que recoja en su integridad una de las propuestas antes mencionadas.

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