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Renta Vitalicia

La Renta Vitalicia se apoya en una modalidad de pensión donde, en el instante de tu jubilación, tus fondos de pensión dejan de ser gestionados por la AFP y se hallan bajo la administración de una compañía de seguros. La Renta Vitalicia te asegura una renta mensual fija, que se conserva sin variaciones a lo largo de toda tu vida.

Hay dos modalidades de renta vitalicia:

Renta Vitalicia

Las características que componen a la Renta Vitalicia son:

  • La pensión Vitalicia es expresada en UF.

  • El cálculo de tu Renta Vitalicia es efectuado sólo una vez y para siempre.

  • Obtienes los beneficios de salud y asignación familiar que otorga la ley.

  • El contrato es irrevocable.

  • Los beneficiarios legales conservan el derecho de pensión.

  • Al fallecimiento del asegurado se otorga una Cuota Mortuoria equivalente a 15 UF.

Retiro Programado de la AFP

En esta situación, tu pensión se preserva en la AFP y es esta organización quien lo administra. El costo de la pensión que recibirás se calcula año a año con base a la productividad del fondo de pensiones, tu expectativa de vida y la de tu entorno familiar, lo cual lleva a que no sea un costo fijo en UF de por vida.

El costo de la pensión que recibas va a ser decreciente en la era, impacto que es más conocido a contar del tercer año de vigencia. Ya que tu pensión se irá descontando progresivamente a partir del total acumulado de tus fondos en la AFP, este fondo se puede acabar por lo cual, alguna vez puedes dejar de recibir una pensión.

Las ventajas de esta modalidad serian:

  • El monto de la renta en UF pactada con la compañía de seguros no cambia en el tiempo y es de por vida.

  • No corres el riesgo de que se agote tu cuenta individual.

  • Los riesgos de rentabilidad y longevidad serán asumidos por la Compañía y no por ti.

  • Es una pensión fija, no varía en el tiempo y es para toda la vida.

  • La pensión es expresada en UF, por lo que no se ve afectada por la inflación.

  • No se recalcula año a año.

  • Conserva el derecho de pensión de sobrevivencia para los beneficiarios legales o el / la cónyuge sobreviviente.

  • Mantienes el acceso al sistema de salud (Isapre o Fonasa).

  • Mantienes los beneficios de Asignación Familiar, si corresponde.
  • Puede garantizar el mismo monto de la pensión contratada a los beneficiarios legales de pensión por un periodo de hasta 300 meses.

  • El fallecimiento del asegurado, la Compañía de Seguros pagará por una sola vez una cuota mortuoria equivalente a UF 15.

¿Qué tipos de renta vitalicia existen?

1. Renta de jubilación:

Es la renta mensual que se recibe al llegar a la edad de jubilarse (65 años) o al cumplir con los requisitos para una jubilación anticipada. La aseguradora administra el fondo acumulado por el jubilado en su AFP que se entrega como prima única y se compromete a otorgarle una pensión mensual de por vida a él/ella y sus beneficiarios (de ser el caso).

2. Renta de invalidez:

Si un trabajador afiliado al Sistema Privado de Pensiones sufre una pérdida significativa en su capacidad laboral y se reconoce su invalidez como definitiva, puede acceder a esta renta. Al fallecimiento de la persona asegurada, se genera una renta vitalicia de sobrevivencia para su familia o beneficiarios acreditados.

3. Renta de sobrevivencia:

Si un trabajador afiliado al Sistema Privado de Pensiones fallece, sus familiares o beneficiarios acreditados tienen derecho a recibir una pensión o renta vitalicia, siempre que la contraten con una aseguradora.

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